Casa Universal de Justicia

La Casa Universal de Justicia es el consejo administrativo internacional de la Fe bahá’í. Bahá’u’lláh ordenó la creación de esta institución en Su libro de leyes, el Kitáb-i-Aqdas. Está compuesta por nueve miembros elegidos cada cinco años por un colegio electoral integrado por todos los miembros de cada asamblea espiritual nacional. Es una institución legislativa con autoridad para complementar y aplicar las leyes de Bahá’u’lláh, además de ejercer una función judicial, siendo la más alta de la administración bahá’í. Elegida por primera vez en 1963, la sede de la Casa Universal de Justicia se encuentra en Haifa, Israel, en el Monte Carmelo, donde también residen sus miembros.
Se le ha encomendado la aplicación de las enseñanzas bahá’ís a las exigencias de una sociedad en continua evolución, por lo tanto está facultada para legislar sobre los asuntos que no se encuentran cubiertos explícitamente en los Textos Sagrados. La guía ofrecida por la Casa Universal de Justicia, que Bahá’u’lláh declaró sería infalible y divinamente inspirada, asegura la unidad de pensamiento y acción de la comunidad bahá’í, mientras aprende a traducir a la realidad Su visión de la paz mundial.
Historia[editar]
En el Kitáb-i-Aqdas, Bahá’u’lláh instituye formalmente la institución de la Casa de Justicia y define sus funciones. Sus responsabilidades también se definen en varias Tablas de Bahá’u’lláh.
’Abdu’l-Bahá, en su Voluntad y Testamento, elaboró su funcionamiento, composición y las líneas generales del método de su elección. Fue el primero en utilizar el término Casa Universal de Justicia para distinguir al cuerpo supremo del resto de "Casas de Justicia" establecidas en cada comunidad local.
Shoghi Effendi, durante su vida, preparó el terreno para la elección de la Casa Universal de Justicia, desarrollando una sólida estructura administrativa en los niveles local y nacional.
En 1951, Shoghi Effendi designó a ciertas Manos de la Causa como miembros del Consejo Internacional Bahá’í, y lo definió como el embrión de una Casa de Justicia internacional. En 1961 el consejo se transformó en un órgano electo, mediante el voto de todos los miembros de asambleas espirituales nacionales.
La primera Casa Universal de Justicia fue elegida en abril de 1963, seis años tras la muerte de Shoghi Effendi, por 56 Asambleas Espirituales Nacionales. La fecha de la elección coincidió con la consumación de la Cruzada de Diez Años, instituida por Shoghi Effendi y también con el centenario de la Declaración Pública de Bahá’u’lláh en el Jardín del Ridván en abril de 1863.
A traves de la Casa Universal de Justicia, la Fe bahá’í ha entrado en una nueva etapa de su historia, marcada por la ausencia de orientación por un cauce personal, biológicamente vinculado a Bahá’u’lláh, sino solamente por los escritos de Shoghi Effendi, las figuras centrales, y los dictámenes de la propia Casa.
En la elección de abril de 2008, 166 asambleas espirituales nacionales y regionales y alrededor de un millar de bahá’ís de 153 países estuvieron presentes en la décima Convención Internacional Bahá’í en el Centro Mundial Bahá’í en Haifa.
Proceso de elección[editar]
La Casa Universal de Justicia es elegida mediante votación secreta a través de tres niveles de elección por bahá’ís mayores de 21 años de todo el mundo. Sus miembros son elegidos sin nominaciones ni campañas y todos los adultos varones de la comunidad bahá’í son elegibles.
Las elecciones tienen lugar cada cinco años durante la convención internacional en donde se reúnen los miembros de todas las asambleas espirituales nacionales (AEN). Cada miembro de cada AEN, que a su vez fue elegido por los bahá’ís de su país, elige a nueve bahá’ís adultos varones. Los nueve que más votos tengan son elegidos para la Casa Universal de Justicia.
Las mujeres no son elegibles para la elección de la Casa Universal de Justicia. ’Abdu’l-Bahá declaró que la razón de esto será clara en el futuro y que las mujeres y los hombres son espiritualmente iguales. Para más información sobre este tema véase Fe bahá’í e igualdad de género.
Responsabilidades[editar]
La propia Casa Universal de Justicia declara en su constitución que
"La procedencia, la autoridad, los deberes, la esfera de acción de la Casa Universal de Justicia derivan todas de la Palabra revelada de Bahá’u’lláh, la cual, junto con las interpretaciones y exposiciones del Centro de la Alianza y del Guardián de la Causa -quien, después de ‘Abdu’l-Bahá, es la única autoridad en la interpretación de las escrituras bahá’ís- constituyen los términos de referencia obligatorios de la Casa Universal de Justicia y son el lecho de roca en que se funda." [1]
La Casa Universal de Justicia guía el desarrollo y crecimiento global de la comunidad bahá’í. Además de la función de legislar también se encarga de:
- Promover las cualidades espirituales que caracterizan la vida bahá’í individual y colectivamente.
- Preservar los Escritos Sagrados Bahá’ís.
- Proteger y administrar la comunidad bahá’í
- Preservar y desarrollar el centro espiritual y administrativo mundial de la Fe bahá’í.
- Alentar el crecimiento y maduración de la comunidad bahá’í
Además, la Casa Universal de Justicia es designada por Bahá’u’lláh para ejercer influencia positiva en el bienestar general de la humanidad, promocionar la paz permanente entre las naciones del mundo, asegurar la educación de los pueblos y el desarrollo de las naciones, la protección del hombre y la salvaguarda de su honor.
La Casa Universal de Justicia está sustentada por los órganos de gobierno local y nacional, (asamblea espiritual local y asamblea espiritual nacional respectivamente). Además, ha creado diferentes instituciones designadas para ayudar en su trabajo por todo el mundo; entre estas instituciones se encuentran el cuerpo continental de consejeros y el centro internacional de enseñanza.
Jurisdicción[editar]
La Casa Universal de Justicia tiene la responsabilidad de adaptar la Fe bahá’í al desarrollo de la sociedad, y por eso tiene el poder de legislar en materias que no han sido cubiertas explícitamente en los escritos sagrados bahá’ís. Mientras que la Casa Universal de Justicia puede modificar o retirar sus propias legislaciones si las condiciones cambian, no puede abrogar ni cambiar ninguna de las leyes escritas explícitamente en los escritos sagrados.
Notas[editar]
- ↑ Casa Universal de Justicia, 1972. traducción aprobada por el Panel Internacional de Traducción de Literatura Bahá’í al Español
Referencias[editar]
- Casa Universal de Justicia (1972). «La Constitución de la Casa Universal de Justicia». Bahá’í Library Online.
Enlaces externos[editar]
- Esta obra contiene una traducción total derivada de «Universal House of Justice» de Wikipedia en inglés, concretamente de esta versión del 27 de agosto de 2008, publicada por sus editores bajo la Licencia de documentación libre de GNU y la Licencia Creative Commons Atribución-CompartirIgual 4.0 Internacional.